miércoles, 23 de enero de 2013

CÓMO ACTUAR EN UNA BAJA POR ENFERMEDAD COMÚN

Existe una gran confusión acerca de las bajas por enfermedad común o accidente no laboral, que viene provocada por la forma en que actúan tanto los servicios médicos de empresa como los de la mutua, con continuas llamadas y citaciones, numerosas irregularidades, intentos de retirada del complemento e incluso amenazas de retirada de la prestación económica por baja.

PRIMERO: Se deben seguir en todo momento las prescripciones del médico de cabecera.
SEGUNDO: A partir del día 16 de la baja, es la Mutua la que puede citar al reconocimiento, por lo tanto, en ningún caso La Mutua no puede citar ni llamar durante los primeros 15 días. Repetimos: ni llamar ni citar.
Si el médico de la Mutua se persona en casa, esto es un delito y podemos presentar cargos. Le pediremos el nombre completo y el número de colegiado. NUNCA dejéis pasar al médico a vuestro domicilio. 
TERCERO: Todas las citas deben hacerse por BUROFAX, no aceptar ninguna cita por teléfono ni en tu domicilio!
CUARTO: En el supuesto de que la Empresa o la Mutua llame por teléfono, nunca se deben proporcionar datos médicos por teléfono, ya que no es un medio seguro y los datos médicos son confidenciales, especialmente protegidos por la Ley de Protección de Datos.
QUINTO: Tras recibir el burofax se debe acudir a la cita, a no ser que el estado de salud lo impida, en cuyo caso habrá que pedir justificante al médico de cabecera e informar a la Mutua o a los Servicios de Prevención de la imposibilidad de acudir a la cita por motivos de salud. Si siguen insistiendo en que se acuda a la cita, se les debe exigir que pongan los medios adecuados para el desplazamiento.
SEXTO: se puede hacer una visita a la mutua sin necesidad del papel de la empresa, este papel sólo sirve para informar a la empresa de la ausencia en tu puesto de trabajo. Si al llegar a la Mutua, ésta se niega a prestarnos servicio o atención, inmediatamente haremos una llamada a los Mossos d'Esquadra (938759800)que se presentaran, lo que supondrá una multa a la mutua. 

Los motivos que aconsejan acudir a los reconocimientos médicos son:
Si la cita es de los Servicios de Prevención, según el Art. 233 de la Normativa Laboral “La empresa podrá verificar el estado de enfermedad o accidente de los trabajadores determinante de ausencia al trabajo.
Como cautela y para evitar un posible proceso judicial, si quien cita es la Mutua y ya que la Ley General de la Seguridad Social dice en el Art. 131.Bis “El derecho al subsidio se extinguirá ..... por la incomparecencia injustificada a cualquiera de las convocatorias para los exámenes y reconocimientos establecidos por los médicos adscritos al INSS o a la Mutua ...”, se debe acudir a la cita, ya que si no la Mutua intentará retirar la prestación de la S.S. 

Las pruebas y tratamientos que proponga la Mutua son de carácter voluntario.
Dado el cúmulo de irregularidades que se están cometiendo en las citas del Servicio Médico y de la Mutua, se debe pedir un comprobante de asistencia a la cita y exigir un informe con su valoración al facultativo que realice el reconocimiento médico

Artículo 66.- Complementos en los supuestos de incapacidad temporal.

1.- Se respetarán en todo caso las mejoras pactadas en las empresas o las que se apliquen habitualmente en las mismas. 

2.- Incapacidad temporal en caso de accidente de trabajo u hospitalización: Las empresas complementarán hasta el 100% del salario convenio, desde el primer día, y con baja médica. 
3.- Incapacidad temporal en caso de enfermedad: 
a).- Del día 1 al 3, el 70% del salario convenio, con el tope de 9 días al año, y con baja médica. 
b).- Del día 4 al 20, el 75% del salario convenio y con baja médica. 
c).- Del día 21 en adelante: 100% del salario convenio, hasta un año, y con baja médica. 

Los trabajadores están obligados a presentar la baja de la seguridad social en un plazo de 72 horas, aceptando, previo aviso, poder ser reconocidos por el médico de la Mutua, al objeto de que este informe sobre la imposibilidad de prestar servicio, sometiéndose la discrepancia, si la hubiere, a la Inspección Médica de la Seguridad Social.


Ante cualquier duda o irregularidad, llamar de inmediato al Comité de Empresa .

Datos Mutua: 
Carrer Carrió 4. 08242 Manresa (Barcelona). 
Teléfono: 938 72 80 66
Parada: Manresa-Alta